¿Cansado de no encontrar trabajo o encontrar trabajos mal pagados? ¿Estás pensando en realizar una actividad económica por cuenta propia? En este post te contamos cómo darte de alta como autónomo, y todos los trámites que tienes que llevar a cabo para hacerlo de forma legal.
Trámites para darme de alta como autónomo
Existen diferentes tipos de trámites que tienes que llevar a cabo si quieres darte de alta como autónomo. Algunos de ellos son obligatorios en todo caso (alta en hacienda y en la seguridad social), otros dependen del tipo de trabajo que vayas a realizar, y otros que no son obligatorios.
Trámites indispensables para darte de alta como autónomo
Los trámites principales que vas a tener que llevar a cabo para poder darte de alta como autónomo en España son los siguientes:
- Alta en Hacienda o en la Agencia Tributaria.
- Alta en la Seguridad Social
Otros trámites para darte de alta como autónomo
Otros trámites complementarios que podrás llevar a cabo si te das de alta como autónomo son:
- Licencia de apertura: siempre y cuando vayas a abrir un local comercial, una nave o una oficina.
- Registro de marca: trámite no obligatorio pero muy recomendable.
- Alta en los organismos de trabajo: en el caso de que vayas a contratar por cuenta ajena.
- Protección de Datos (LOPD): si vas a llevar a cabo la formalización de bases de datos con datos de clientes, proveedores o trabajadores.
Darse de alta como autónomo en Hacienda
Darte de alta en Hacienda es el primer trámite que debes llevar a cabo si quieres darte de alta como autónomo en España. Para llevar a cabo este trámite debes presentar la declaración censal a través del modelo 036 “Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores”, o a través del modelo 037, que es el mismo que el anterior pero simplificado.
En ambos modelos, 036 y 037 deberás incluir:
- Tus datos personales
- Detallar la actividad económica que vayas a realizar
- Incluir tu dirección fiscal
- Incluir tus obligaciones tributarias
El modelo 037 es el que puede llevar a cabo prácticamente la mayoría de autónomos, ya que el 036 es propio de los regímenes especiales del IVA.
Además, al darte de alta en Hacienda, también te estarás dando de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), impuesto que sólo deberás pagar si facturas más de un millón de euros al año.
Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social
Una vez te hayas dado de alta en Hacienda, tendrás que darte de alta dentro de los 30 días siguientes en la Seguridad Social presentando en modelo TA0521 en alguna de las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). De esta forma te estarás dando de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Este es el trámite que realmente te otorga la condición de autónomo.
Al presentar el modelo TA0521 deberás acompañarlo de los siguientes documentos:
- DNI, pasaporte o tarjeta de extranjero
- Tarjeta de la Seguridad Social
- Permiso de trabajo en el caso de que tengas nacionalidad extranjera
- Copia del alta en Hacienda
Además, deberás indicar el epígrafe del IAE y su equivalente en el Código Nacional de Actividades Económicas (CENAE).
En el momento en el que te des de alta en la seguridad social como autónomo concretarás tu base de cotización y las coberturas por las cuales vas a cotizar. Las coberturas por las que podrás optar son: cese de actividad (el “paro” del autónomo) y accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Si optas por ambas coberturas, económicamente supondrá un incremento de un 2’2% de cotización.
Cada vez que exista una variación en cualquiera de los datos aportados, deberás presentar un nuevo modelo TA0521, con la modificación que corresponda.