El Derecho de Suscripción Preferente es un derecho que permite a los antiguos accionistas de una sociedad la posibilidad de suscribir acciones nuevas en el momento de realizarse una ampliación de capital en proporción al valor que tengan el número de acciones que poseen de dicha sociedad.
Este derecho se reconoce en el artículo 93 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital en el apartado “Derechos del Socio”, por lo que este derecho no se puede restringir por la sociedad de la que forman parte los socios.
Este Derecho de Suscripción Preferente de los socios tiene el objetivo de preservar el patrimonio de los socios antiguos, ya que de no existir este derecho, al realizarse una ampliación de capital los socios antiguos verían alterada su participación en la empresa con la entrada de nuevos accionistas.
¿Cuál es el plazo de los socios antiguos para ejercitar el Derecho de Suscripción Preferente?
El plazo de los socios antiguos para ejercitar este derecho será de 15 días para sociedades que coticen en el Mercado de Valores y de un mes para el resto de sociedades, desde la publicación de la ampliación de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).
Formas de llevar a cabo el Derecho de Suscripción Preferente
Un accionista puede ejercitar este derecho mediante cuatro actuaciones diferentes
- Acudir a la ampliación de capital y ejercer su derecho de suscripción preferente mediante la suscripción de nuevas acciones.
- Vender todos sus derechos de suscripción preferente, por lo tanto sin suscribir ninguna acción nueva.
- Acudir a la ampliación de capital y suscribir un número de acciones nuevas, vendiendo el resto de derechos de suscripción preferente no utilizados.
- Acudir al mercado y comprar nuevos derechos de suscripción preferente, para que con los que ya posee, suscribir nuevas acciones.
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