El impuesto sobre el valor añadido comúnmente denominado IVA se define como el impuesto, tributo o carga fiscal de imposición directa a los consumidores finales por la adquisición de bienes o el uso de determinados servicios. Esta carga es recogida por la empresa y otorgada, posteriormente a través de la declaración del IVA, al Estado constituyendo así, junto con los demás impuestos, una vía de financiación de esta institución.
El impuesto sobre el valor añadido o IVA es un impuesto indirecto, pues no recae directamente sobre los ingresos sino que se aplica sobre los costes o precios que los consumidores pagan por esos productos.
Generalmente, este tipo de impuesto sobre el valor añadido, se calcula en forma de porcentaje aplicado al precio pagado por el consumidor final del bien o servicio disfrutado.
Las empresas o autónomos soportan y repercuten IVA provenientes de operaciones económicas y comerciales, generándoles la obligación de realizar la diferencia entre ambos y liquidarlo rindiendo cuentas frente al organismo fiscal competente en forma de declaración.
Tipos de Impuesto sobre el valor añadido
Impuesto sobre el valor añadido soportado (IVA soportado)
Es el Impuesto sobre el valor añadido que se paga por los servicios contratados o la compra de materias primas o bienes.
Este IVA soportado, se resta al IVA repercutido en la declaración trimestral. Pero no todo el IVA soportado es deducible o, lo que es lo mismo, susceptible de introducirse en esta declaración. Un requisito fundamental que debe cumplir para que este impuesto sobre el valor añadido sea deducible, es que esté relacionado directamente con la actividad habitual de la empresa pyme o actividad del autónomo.
Impuesto sobre el valor añadido repercutido (IVA repercutido)
Es el impuesto sobre el valor añadido que se devenga por esas operaciones económicas y comerciales, es decir, es aquel que el autónomo o empresario cobra por los bienes vendidos o servicios prestados a los consumidores finales.
A este IVA repercutido, en la declaración trimestral, se le resta el IVA soportado con el fin de liquidar este impuesto. El IVA repercutido, se incluye en las facturas emitidas por las pymes o autónomos y que, por tanto, debe incluirse como ingreso en la contabilidad.
¿Cómo funciona la declaración del impuesto sobre el valor añadido?
Continuamente hablamos de declaración trimestral ante la Agencia Tributaria o Hacienda en el modelo 303 con carácter trimestral ya que es la operación periódica y obligatoria que han de realizar las empresas y los autónomos autores de operaciones económicas y comerciales. En esta declaración, se expresa la diferencia entre el IVA ingresado o repercutido y el IVA soportado deducible.
Además, existe una declaración del impuesto sobre el valor añadido de carácter anual ante la misma institución fiscal, Hacienda, en el modelo 390.