Las reservas son una pequeña parte de la autofinanciación. La constitución de reservas consiste en retener una parte del beneficio que obtiene la empresa en cada ejercicio contable que no es repartido entre los socios y cuya finalidad es la de incrementar el patrimonio neto de la misma. Existen dos tipos de reservas: las reservas obligatorias por ley y las reservas voluntarias.
La posesión de reservas en el patrimonio neto de una empresa facilita la financiación con recursos propios de operaciones o proyectos futuros sin la necesidad de obtener, para ello, préstamos o créditos; además de cubrir las pérdidas o equilibrar la situación financiera de una empresa.
Reservas voluntarias, ¿qué son?
Las reservas voluntarias son la parte de las reservas que no son de obligada constitución, y que por lo tanto son constituidas libremente por decisión de los dueños o responsables de una empresa.
Son reservas de libre disposición, sin que el origen de las mismas esté determinado por ley. Esta característica que distingue las reservas voluntarias de las reservas obligatorias por ley permite a la empresa atribuirles cualquier tipo de finalidad.
Las reservas voluntarias según el PGC
Según el Plan General de Contabilidad (PGC), las reservas voluntarias (cuenta 113) “son las constituidas libremente por la empresa”. Además, añade: “su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 112”, correspondiente a la de Reserva Legal obligatoria por ley, “sin perjuicio de lo indicado en los siguientes párrafos:
“Cuándo se produzca un cambio de criterio contable o la subsanación de un error, el ajuste por el efecto acumulado calculado al inicio del ejercicio, de las variaciones de los elementos patrimoniales afectados por la aplicación retroactiva del nuevo criterio o la corrección del error, se imputará a reservas de libre disposición. Con carácter general, se imputará a las reservas voluntarias”.
La finalidad de las reservas voluntarias
La finalidad de la constitución de las reservas voluntarias cuando una empresa obtiene beneficios al finalizar un ejercicio económico-contable, son:
- La compensación de las pérdidas de ejercicios anteriores, siempre que no existan otros recursos propios con los que compensarlas.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en los Estatutos: aportaciones mínimas a reservas voluntarias.
- Seguir las directrices de los acuerdos adoptados en la Junta General de la sociedad: acumular reservas voluntarias.
El coste de las reservas voluntarias
La inmovilización de dinero, sea cual sea su motivo, constituye un coste de oportunidad para las empresas. Por lo tanto, las reservas voluntarias, al tratarse de una inmovilización de dinero, van a suponer un coste para la empresa.
Esto significa que la constitución de reservas voluntarias va a suponer para la empresa y para sus accionistas la pérdida de oportunidades financieras. En el caso de la empresa, este dinero de la reserva voluntaria podría ser utilizado, por poner un ejemplo, para financiar proyectos empresariales. Por el contrario, para el accionista, la constitución de reservas voluntarias supone la reducción de su beneficio en el momento de reparto de dividendos, dinero que podría utilizar, por ejemplo, para invertir en otros activos.
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