El seguro de vida es el seguro que garantiza a una persona, en caso de que fallezca, el cobro por parte de sus familiares directos o de las personas que el asegurado elija, de una indemnización.
El asegurador se compromete a indemnizar a las personas designadas por el asegurado en caso de fallecimiento y el asegurado debe de pagar unas cuotas que le garanticen la cobertura que le corresponde al haber contratado un seguro de vida.
A esta indemnización, en el mundo de los seguros se la denomina como “capital asegurado” y en caso de fallecimiento puede cobrarse en cuotas o de una sola vez.
¿Dónde se establecen los acuerdos entre las partes de un seguro de vida?
La relación entre las dos partes que forman parte del seguro de vida se fijará en una póliza en la que se establecerán los términos del contrato de seguro de vida, y contendrá la siguiente información:
- Momento en que se cobrará la indemnización en caso de fallecimiento; puede ser en el mismo momento de producirse o en un plazo fijado a partir de la fecha en que se ha producido el siniestro.
- La forma de cobro.
- Las personas que tendrán derecho al cobro de la indemnización.
Tipos de seguros de vida
Dentro de los mencionados seguros de vida, podemos encontrar dos tipos:
- Seguro de vida temporal: Este tipo de seguro de vida cubre el riesgo de fallecimiento inesperado y prematuro antes de que termine el contrato. Es un contrato anual que se puede renovar hasta un número determinado de años. No tiene un coste muy alto a cambio de contratar una cobertura bastante elevada.
- Seguro de vida entera: Estos seguros de vida tienen una duración indeterminada, durante toda la vida del asegurado, sin plazo de finalización, hasta que se produzca el fallecimiento del asegurado.
En algunos casos se añade una cláusula que establece el cobro de la indemnización cuando el asegurado llega a una determinada edad, momento en que finalizaría el contrato. Se trataría, por tanto de un seguro de vida y muerte.